Anales de la RANM

10 A N A L E S R A N M R E V I S T A F U N D A D A E N 1 8 7 9 EL USO DE GRABACIONES EN MEDICINA Vicente-Ruiz M, et al. An RANM. 2025;142(01): 9 - 10 confidencialidad del paciente en todo momento. Además, se requiere de un marco normativo que regule no sólo el uso de estas grabaciones, sino también su custodia y acceso, y especial- mente en qué condiciones podrían ser utilizadas como evidencia legal bajo la actual normativa de enjuiciamiento civil (4). Asimismo, cabe considerar el impacto que supondría tanto para los pacientes como para los profesionales sanitarios el sentirse vigilados. Por una parte, la intrusión de estos dispositivos en la relación médico-paciente podría suponer una dificultad añadida para el desarrollo de un espacio de confianza y autenticidad, alterando la dinámica natural de estas interacciones. Y, por otra parte, los profesionales podrían verse condicionados a tomar decisiones que minimizaran los riesgos legales frente a su criterio clínico. En última instancia, esto podría dar lugar a una medicina aún más defensiva, generando tensiones adicio- nales. Puede ser adecuado considerarlas como parte de la historia clínica del paciente, lo que significaría su misma protección y normas de uso. Esto no sería contrario al Código de Deontología Médica (2022). En conclusión, el uso de grabaciones en medicina presenta el potencial de mejorar la calidad, seguridad y transparencia de nuestro sistema sanitario, beneficiando tanto a pacientes como a profesionales. Sin embargo, su implementa- ción debe llevarse a cabo con cautela, asegurando la protección de datos y la salvaguarda de la intimidad del paciente. Para ello, es necesario desarrollar un marco normativo que regule su uso. Además, se debe mitigar su impacto en la relación médico-paciente, evitando que generen situaciones de tensión o alteren la dinámica natural de las interacciones clínicas. DECLARACIÓN DE TRANSPARENCIA Los autor/es de este artículo declaran no tener ningún tipo de conflicto de intereses respecto a lo expuesto en el presente trabajo. BIBLIOGRAFÍA 1. Asociación 'El Defensor del Paciente'. Me- moria 2024 [Internet]. Madrid: Asociación 'El Defensor del Paciente'; 2025 [citado 26 de marzo de 2025]. Disponible en: https://www. negligenciasmedicas.com/cache/files/docu- mentos/memoria-2024.pdf 2. Vicente-Ruiz M, Hontanilla B. A novel method for identifying patients with high risk of litiga- tion in plastic surgery: introducing the FATI- MA acronym. Aesth Plast Surg. 2025; 49:400– 6. doi:10.1007/s00266-024-04476-2. 3. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica regu- ladora de la autonomía del paciente y de dere- chos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. BOE núm. 274, 15 de noviembre de 2002 [Internet]. [citado 26 de marzo de 2025]. Disponible en: https://www. boe.es/eli/es/l/2002/11/14/41/con 4. Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamien- to Civil. BOE núm. 7, 8 de enero de 2000 [In- ternet]. [citado 26 de marzo de 2025]. Dis- ponible en: https://www.boe.es/buscar/act. php?id=BOE-A-2000-323 Si desea citar nuestro artículo: Vicente-Ruiz M, Hontanilla B. El Uso de Grabaciones en Medicina: Una Puerta Abierta a la Transparencia y la Seguridad Jurídica. An RANM. 2025;142(01): 9– 10. DOI: 10.32440/ar.2025.142.01. ed01

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